El proyecto de la Ley 100, fue presentado como la panacea para neutralizar la difícil situación económica del ISS, como toda utopía su gestación se dio, para proteger el derecho fundamental a la salud y para generar un mayor cubrimiento en materia de seguridad social, para los colombianos, situación ésta presentada, en los albores de la Carta Política de 1991. Como antecedentes fácticos pueden señalarse: La gran recesión, “Era también el momento de la apertura económica y de la adopción de las tesis neoliberales que promovían la competencia y la eliminación de los monopolios a cargo del Estado” (Preciado, 2008,1)
(imagen tomada de google recuperada marzo 01 de 2009 a las 6:25 p.m. http://img518.imageshack.us/img518/127/medicd3cs2.jpg)
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Como propósito fundamental, estaba el cubrimiento alto de la población, en materia de seguridad social, con la inclusión del sector privado, quien podría establecer una libre competencia frente al estado en materia de pensiones, esto debido a que solo se había logrado una cobertura en seguridad social y pensiones para una quinta parte de la población, a pesar de haber transcurrido medio siglo con el sistema de seguridad social imperante, situación que se cumplió precariamente, entre muchos otros factores, por
……el alto grado de conflictividad dentro del Sector. Esto es lo que se concluye de la última medición de clima sectorial realizada por la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), en la que ninguna de las EPS del país alcanzó una calificación de al menos 60/100 por parte de las IPS participantes (Preciado, 2008, 1).
Es así, como se pueden apreciar los nefastos resultados de la puesta en vigencia de la ley 100, entre estos se pueden señalar: La atomización de la prestación del servicio en manos de particulares que propugnan por la reducción de costos en detrimento de la calidad del servicio, la precariedad en el nombramiento de los funcionarios públicos, entre ellos el Superintendente de Salud, quien solo ostentaba un nombramiento en encargo por un amplio período, a tal punto que esta situación se apreció por los colombianos, como un desdén por parte del Estado. Así mismo, el incremento del clientelismo y la difícil situación dado por la administración de las empresas prestadoras de servicios de salud, en manos de grupos insurgentes.
A pesar de lo antes expuesto, se pueden apreciar aspectos positivos, tales como: Una disminución en la mortalidad infantil, aumento de las consultas y de la atención prenatal y del parte con un cubrimiento casi del 100%, un mayor cubrimiento en la población menos favorecida y una notoria disminución de recursos para la población de mayores ingresos, dando lugar a un mediano equilibrio de la balanza social, resultados obtenidos por vía de tutela como herramienta jurídica para proteger los derechos fundamentales y para el caso, el derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida, lo que demuestra la falta de efectividad de la ley, como ejemplo de esto tenemos la Sentencia T-406 de 1992.
(imagen tomada de google recuperada marzo 01 de 2009 a las 6:27 p.m. http://ley100.com/admin/file_news/cardiovascular1.jpg)
BIBLIOGRAFÍA
Preciado, N. (2008, Noviembre). Ley 100, al Tablero. Quince años después de la expedición de la ley 100 de 1993, las ambiciosas reformas en salud y pensiones no salen bien libradas. Recuperado el 25 de febrero de 2009, del sitio web de Consultorsalud: http://www.consultorsalud.com/biblioteca/documentos/2008/La%20Ley%20100%20al%20tablero%20-%20anunciado%20el%20PLUS.pdf
Es así, como se pueden apreciar los nefastos resultados de la puesta en vigencia de la ley 100, entre estos se pueden señalar: La atomización de la prestación del servicio en manos de particulares que propugnan por la reducción de costos en detrimento de la calidad del servicio, la precariedad en el nombramiento de los funcionarios públicos, entre ellos el Superintendente de Salud, quien solo ostentaba un nombramiento en encargo por un amplio período, a tal punto que esta situación se apreció por los colombianos, como un desdén por parte del Estado. Así mismo, el incremento del clientelismo y la difícil situación dado por la administración de las empresas prestadoras de servicios de salud, en manos de grupos insurgentes.
A pesar de lo antes expuesto, se pueden apreciar aspectos positivos, tales como: Una disminución en la mortalidad infantil, aumento de las consultas y de la atención prenatal y del parte con un cubrimiento casi del 100%, un mayor cubrimiento en la población menos favorecida y una notoria disminución de recursos para la población de mayores ingresos, dando lugar a un mediano equilibrio de la balanza social, resultados obtenidos por vía de tutela como herramienta jurídica para proteger los derechos fundamentales y para el caso, el derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida, lo que demuestra la falta de efectividad de la ley, como ejemplo de esto tenemos la Sentencia T-406 de 1992.
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BIBLIOGRAFÍA
Preciado, N. (2008, Noviembre). Ley 100, al Tablero. Quince años después de la expedición de la ley 100 de 1993, las ambiciosas reformas en salud y pensiones no salen bien libradas. Recuperado el 25 de febrero de 2009, del sitio web de Consultorsalud: http://www.consultorsalud.com/biblioteca/documentos/2008/La%20Ley%20100%20al%20tablero%20-%20anunciado%20el%20PLUS.pdf
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